Micelio
Auto31 de enero de 2024

A- de 2024

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Ministerio De Educacion Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio·Demandado Quijano Rueda Nancy

Tema · dato duro
Ejecución De Condenas Impuestas Por La Jurisdicción Contencioso Administrativa Dentro Del Mismo Proceso En Que Fueron Dictadas.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Controversias sobre procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Ibagué y el Juzgado Segundo Civil Municipal de Ibagué.

La controversia se origina por solicitud de ejecución de una providencia judicial presentada por el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, FOMAG, en contra de una ciudadana a quien se le condenó en costas dentro de un proceso de restablecimiento del derecho.

El demandante solicita se libre mandamiento de pago por el valor de las costas, junto con los intereses moratorios causados.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena, en atención a lo establecido en el Auto 008 de 2022, concluye que, el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.

Por consiguiente, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado Quinto Administrativo de Oralidad de Ibagué para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Segundo Civil Municipal de la misma ciudad, a los sujetos procesales y a los demás interesados en el trámite.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Quinto. Administrativo de Oralidad de Ibagué y el Juzgado
  3. Segundo. Civil Municipal de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que le corresponde al Juzgado
  4. Quinto. Administrativo de Oralidad de Ibagué conocer la solicitud de ejecución de providencia judicial presentada por el Ministerio de Educación Nacional -Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio - en contra de la señora Nancy Quijano Rueda.
  5. Segundo. REMITIR el expediente CJU-4924 al Juzgado
  6. Quinto. Administrativo de Oralidad de Ibagué para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
  7. Segundo. Civil Municipal de la misma ciudad, a los sujetos procesales y a los demás interesados en el trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.